EL FINAL DE LA CUENTA ATRÁS

imagePor supuesto, no tengo datos que ratifiquen mi percepción que, por supuesto, es subjetiva (de eso tratan las percepciones). Pero creo que no me equivoco mucho: desde que salió a la palestra que la normativa vigente sobre la publicidad de los alimentos va a cambiar, y que para utilizar alegaciones nutricionales y/o de implicaciones sobre la salud de los consumidores van a ser necesario estudios científicos serios y contrastados, ha tenido lugar un “sálvese quien pueda” o “maricón el último” (creo que esto ahora ya no es políticamente correcto) en la publicidad de alimentos en España. Y es que se ven por doquier argumentaciones sobre propiedades de alimentos, algunas profundamente estúpidas, otras las de siempre pero engordadas, otras sobre nuevos productos semimilagrosos… Me imagino que si alguna compañía estaba desarrollando un producto teniendo como pieza clave de su estrategia comercial ese tipo de alegaciones, y se encuentra de repente que les van a prohibir (o les van a poner mucho más difícil) hacer publicidad, pues intenta (yo lo haría) hacer una fuerte campaña durante los últimos meses antes de la prohibición, para que quede un poso en las neuronas del comprador.
Otras compañías se van preparando para el cambio: por ejemplo, una conocida marca de agua embotellada ahora ya no afirma que su consumo disminuye los niveles plasmáticos de colesterol, sino que hace gala de que financia estudios relativos a ese tipo de temas (y parece que queda en el aire que si se financian dichos estudios, será porque finalmente viene bien beber esa agua. ¡Qué fino hilan los publicistas!).

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¡POR FIN!

imagePor fin una normativa (europea) regula la publicidad de los alimentos (en este enlace está el documento completo). Parece que a partir de ahora los anuncios de alimentos alegando propiedades semi-milagrosas, o las etiquetas tranquilizadoras que aparecen en muchos productos elaborados, van a verse drásticamente limitadas. Aunque en algunos casos las nuevas normas no son de inmediata aplicación, lo importante es que para poder declarar o anunciar propiedades nutritivas o efectos sobre la salud de algún alimento (incluso en campañas institucionales, con dinero público), será necesario tener un aval científico firme y publicado en revistas de prestigio, que deberá ser evaluado por las autoridades o expertos pertinentes. De un plumazo se caen un montón de anuncios de la parrilla. Pero a lo mejor se encuentran con que malamente se puede hablar de casi nada, porque revisando la bibliografía científica, uno siempre se encuentra artículos serios que discrepan de determinados efectos. Por ejemplo: parece asumido que la grasa del pescado (rica en ácidos grasos omega-3, ya comentados en algún otro post en lamargarita) tiene propiedades beneficiosas en la protección frente a enfermedades cardiovasculares, pero hay científicos de mucho prestigio que cuestionan está afirmación (o la matizan).
Hay algunos párrafos de la nueva normativa que son lapidarios: la publicidad no podrá referirse a cambios en las funciones corporales que pudieran crear alarma en el consumidor o explotar su miedo, tanto textualmente como a través de representaciones pictóricas, gráficas o simbólicas. Lo que quiere decir que en la actualidad estas estrategias se utilizan. ¡Jo!
Ya era hora de que se limitase el uso de la ciencia para vender mentiras.